Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1181/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
recurso de alzada
En este contexto, debemos concluir que la RA 27/06, emitida por la Gerencia Distrital del SIN de Cochabamba, constituye un acto administrativo emergente de la potestad tributaria; por tanto, a partir del entendimiento jurisprudencial realizado por las SSCC 0009/2004 y 0018/2004, se tiene que el accionante, afectado con este acto administrativo, se encontraba facultado para activar los mecanismos de impugnación establecidos para este tipo de actos a través del recurso de alzada ante la Superintendencia Tributaria, Regional de Cochabamba.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concede
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. El proceso de determinación y el de cobranza coactiva
- defraudación fiscal
- actos administrativos
- recurso de alzada
- III.3.3. De la Subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- REVOCAR