Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1247/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.3.
II.3. La agrupación ciudadana “Comunidad en Movimiento Democrático” por nota de 2 de junio de 2007, expresó su repudio y rechazo ante la determinación de suspensión del recurrente, exigiendo su inmediata reincorporación si no existiera base fehaciente para este proceso, además de solicitar se les proporcione la convocatoria a la sesión ordinaria de suspensión, proceso administrativo al Concejal suspendido, pruebas del delito cometido, personas que convocaron al cabildo abierto, acta de sesión ordinaria de suspensión y otros documentos concernientes a la suspensión (fs. 14).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. Normativa aplicable al caso
- Fragmento 16
- III.5. Del caso en análisis
- concedido
- APROBAR