Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1279/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
amparo constitucional
En revisión, la Resolución de 21 de septiembre de 2007, cursante a fs. 21 y vta., pronunciada por la Jueza Segunda de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional presentado por Cándido Torrico Sandoval contra de Reynaldo Ledezma, Jefe Departamental de la Dirección General de Hoja de Coca e Industrialización (DIGCOIN) de Cochabamba, alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y al trabajo, previstos en los arts. 7 inc. d) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la falta de legitimación pasiva del demandado
- III.4. Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- APROBAR