Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1279/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
improcedencia
Concluida la audiencia de 21 de septiembre de 2007, la Jueza Segunda de Partido Mixto y Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida como Tribunal de garantías, dictó la Resolución que cursa a fs. 21 y vta., declarando la improcedencia del recurso interpuesto por subsidiariedad, argumentando que el recurrente ante su despido sin previo proceso no efectuó reclamo alguno en la vía y medios legales a su alcance para hacer valer sus derechos.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la falta de legitimación pasiva del demandado
- III.4. Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- APROBAR