SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
Fragmento 7
El recurrente, ahora accionante, manifestó que a consecuencia de proceso administrativo interno seguido en su contra como Director Departamental del INRA de Potosí, haciendo uso de los recursos que la ley le franquea, interpuso recurso jerárquico, en el cual por un lapsus calaminis consignó como Resolución impugnada la AT-001/2007, cuando correspondía la AT-002/07, sin embargo, y entendiendo de que se trataba de un lapsus el Sumariante específico del INRA, admitió el referido recurso, para que sea resuelto por la Ministra de Desarrollo Rural Agropecuario y Medio Ambiente, ante la excusa declarada legal del Director Nacional del INRA, a su vez dicha Ministra designó a la Directora General de Asuntos Jurídicos del mismo Ministerio, quien desestimó el recurso interpuesto por su persona, sin resolver el fondo del recurso, con el fundamento de haber sido planteado contra la Resolución sumarial AT-001/2007 y no contra la Resolución AT-002/07, sin considerar su derecho a la defensa, a la seguridad jurídica y al trabajo. Corresponde dilucidar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 7
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho al debido proceso
- no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo
- derecho a la defensa
- Del derecho al trabajo
- III.3. El principio de informalismo en materia administrativa
- Por consiguiente en virtud a ese principio de informalismo, la autoridad administrativa podrá interpretar el recurso no de acuerdo a la letra del escrito, sino conforme a la intención del recurrente, corrigiendo equivocaciones formales de los administrados (…)' ”
- III.4. Análisis del caso
- autoridad administrativa se encontraba compelida a interpretar las disposiciones jurídicas relativas al procedimiento administrativo de la manera más favorable para el particular (in dubio pro actione)
- APROBAR