Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1281/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
recurso de amparo constitucional, ahora
En revisión la Resolución 042/2007 de 21 de septiembre, cursante de fs. 804 a 806 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Carlos Marcelino Cruz Arias contra Elizabeth Guzmán Quiroga de Peñaranda, Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Rural, Agropecuario y Medio Ambiente alegando la vulneración de sus derechos a la defensa, al debido proceso y al trabajo, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y d) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 7
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho al debido proceso
- no sólo es aplicable en el ámbito judicial, sino también administrativo
- derecho a la defensa
- Del derecho al trabajo
- III.3. El principio de informalismo en materia administrativa
- Por consiguiente en virtud a ese principio de informalismo, la autoridad administrativa podrá interpretar el recurso no de acuerdo a la letra del escrito, sino conforme a la intención del recurrente, corrigiendo equivocaciones formales de los administrados (…)' ”
- III.4. Análisis del caso
- autoridad administrativa se encontraba compelida a interpretar las disposiciones jurídicas relativas al procedimiento administrativo de la manera más favorable para el particular (in dubio pro actione)
- APROBAR