Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1303/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.2.
II.2. En la misma fecha, a pedido de la entidad recurrente, el Fiscal Adjunto, Juan Iglesias Herrera solicitó al Juez de Instrucción en lo Penal y cautelar de Tomina mandamiento de allanamiento de la Subcentralía de la localidad de Tomina, secuestro de objetos e incautación de documentos. Solicitud que fue autorizada por Auto de 6 de enero de 2007 pronunciada por el Juez de Instrucción (fs. 33 a 34), librándose el mandamiento el 9 de enero de 2007 (fs. 37). El 12 de enero del mismo año, el Fiscal, Juan Iglesias nombró depositario de los bienes muebles y motocicletas que fueron encontrados en la oficina de la Subcentralía de la localidad de Tomina a Ciariaco Chambi León (fs. 38)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- I.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la supuesta falta de observancia al carácter subsidiario del amparo
- III.4. El rol del Ministerio Público y la actividad que debe realizar en la investigación de los delitos
- al Fiscal en pilar indispensable del procedimiento penal, en conformidad con su actuación como órgano activo del ejercicio del ius puniendi del Estado
- tiene la obligación de cumplir con dicho propósito observando los principios de celeridad procesal, eficacia, eficiencia, inmediatez entre otros, que le son exigibles para asegurar el normal desarrollo de los actos investigativos y lograr una pronta justicia, debiendo desplegar todas las medidas conducentes para cumplir con dicha finalidad
- III.5. Sobre el rechazo de querella
- la resolución de rechazo no podrá ser válida cuando la misma se funde en la propia inactividad del Ministerio Público y exista una total negligencia en la dirección funcional de la investigación por los órganos encargados de la persecución penal.
- debe pronunciarse sobre el resultado de la investigación;
- III.6. Importancia de la fundamentación de los requerimientos y resoluciones del Ministerio Público
- III.7.1. La actuación del Fiscal de Materia
- .
- III.7.2. La actuación de la Fiscal de Distrito
- APROBAR