SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1312/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, considera lesionados los derechos de su representado a la igualdad, a la “seguridad jurídica” y a la defensa y la garantía del debido proceso; por cuanto, las autoridades recurridas, hoy demandadas, no consideraron y menos se pronunciaron respecto al memorial que mejoraba el recurso de casación, que reforzaba los fundamentos expuestos, citando jurisprudencia emanada del propio Tribunal Agrario y explicando las vulneraciones cometidas por la Jueza a quo; por lo que, han lesionado los derechos de su mandante, dejándolo en notoria desventaja frente al demandado. En consecuencia, en revisión, corresponde determinar si cuanto se afirma, constituye o no un acto ilegal y lesivo de los derechos y garantía del representado de la accionante, a fin de ratificar la decisión adoptada por el Tribunal de garantías, respecto a la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Respecto a la “seguridad jurídica”
- III.4. El recurso de casación en el fondo
- III.4. Análisis del caso
- fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente
- APROBAR