SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1327/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

a)

El abogado de la parte recurrente ratificó los fundamentos de su memorial de demanda y los amplió señalando: a) Con la carta de 25 de julio de 2007, no se notificó a su cliente, motivo por el que no cursa ninguna diligencia de notificación; y, b) El art. 195 del Código de Comercio (Ccom) establece los requisitos de un Estatuto; sin embargo, el Estatuto del Radio Móvil Vallemanta S.R.L. se confeccionó en base a lo dispuesto por el art. 158 del Código Civil (CC).