Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
2º
2º Con la atribución conferida por el art. 48. 4 de la LTC, se dimensiona los efectos de la presente Sentencia Constitucional, en sentido de que por el tiempo transcurrido y economía procesal a objeto de no afectar el curso del proceso, y dado el efecto de la Resolución del Tribunal de garantías, se mantienen válidos los actos emergentes a raíz de la ejecución de dicho fallo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- SC 0150/2010-R
- debió interponer recurso de apelación al tratarse en este caso de dos Autos dictados en ejecución de sentencia,
- POR TANTO
- 2º