SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1338/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 6 de julio de 2001, Ricardo Yamil Baddour Dabdoub, en representación del Banco Unión S.A., interpuso demanda ejecutiva contra la sociedad comercial "Gran Hotel Santa Cruz S.R.L." representada por Lorgio Renato Leigue Rivera y contra sus garantes solidarias e indivisibles Rosa Inés Rivera Vda. de Snow y María Teresa Rivera Ortiz (ésta última recurrente) (fs. 13 a 15); proceso en el cual el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, Marcelo Barrientos Díaz (recurrido), pronunció la Sentencia 400/2001 de 24 de noviembre, por la cual declaró probada la demanda e improbada la excepción planteada, ordenando en consecuencia el remate de los bienes embargados o a embargarse para que con su producto se cancele el monto adeudado (21 a 22).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- SC 0150/2010-R
- debió interponer recurso de apelación al tratarse en este caso de dos Autos dictados en ejecución de sentencia,
- POR TANTO
- 2º