Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1364/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.2.
II.2. La entidad demandada F.F.P. ECOFUTURO S.A., mediante memorial presentado el 21 de junio de 2006, interpuso excepción de incompetencia a tiempo de responder a la demanda; excepción que fue declarada improbada mediante Auto de 1 de agosto 2006, cuyo recurso de apelación que interpuso la nombrada entidad, fue rechazado por la Jueza a quo, mediante providencia de 18 del referido mes y año (fs. 15 a 26 vta).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 14
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.
- III.4. Sobre los requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- pretendiendo más bien, frente a determinaciones judiciales que le son adversas, utilizar esta acción tutelar como una instancia procesal adicional,
- APROBAR