SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Por memorial presentado el 9 de octubre de 2007, cursante de fs. 17 a 19, el recurrente manifiesta que fue elegido Concejal titular por la segunda sección de la provincia Capinota del departamento de Cochabamba, en tal virtud y habiendo sido restituido a su cargo a través de amparo constitucional, procedió a realizar varias peticiones al Presidente del Concejo Municipal. Así el 24 de agosto de ese año, solicitó en doble ejemplar el Reglamento Interno del Concejo Municipal, actas de las sesiones celebradas durante las gestiones 2006 y 2007, libro de asistencia de los concejales a sesiones, acta y Resolución de su reincorporación al Concejo Municipal; empero, éstas no han sido entregadas hasta la fecha, pese a su reiteración el 3, 6, 7 de septiembre de 2007; ante esta situación volvió a reiterarla nuevamente mediante carta notariada el 7 de septiembre de 2007, está última fue entregada personalmente, pero se rehusó a firmar su recepción, perjudicando de esta manera su labor de fiscalización en beneficio del Municipio.