SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1389/2010-R

Fecha: 21-Sep-2010

II.3.

II.3.    De fs. 32 a 33 y 63, cursan las siguiente notas: CITE: HCMS 64/2007 de 12 de septiembre, que textualmente expresa: “…conocida su nota de 03 de septiembre(…) las mismas serán atendidas por secretaría de éste ente deliberante(…) Aclarando que en lo referente a la Resolución Municipal solicitada, estése a lo determinado por la Ley 2028 Ley de Municipalidades. En lo referente a su nota solicitando se tome en cuenta a fines de desarrollo de sesiones se insinúa a su persona fundamente el sentido de su petición” (sic); CITE: HCMS 66/2007 de fecha 18 de septiembre, que señala: “…conocida su nota de 06 de septiembre(…), que en tenor íntegro refleja las dos notas anteriores enviadas por su persona estese al CITE: HCMS 64/2007 de 12 de septiembre...” (sic), en sus reversos existe notas de notificación en el Tablero del Concejo Municipal, realizadas en la misma fecha, firmadas por la Secretaria y Asesor Legal de ese Municipio; CITE: HCMS 67/2007 de 18 de  septiembre, que literalmente señala: “conocida su nota de referencia de fecha 11 de septiembre mediante notario de esta localidad, (…), le insinuamos que sus solicitudes sean con sujeción a los procedimientos administrativos(…) en cuanto a su solicitud de fotocopias legalizadas, enunciadas en los incisos a) al e) de su nota de fecha 11 de septiembre especifique a que fines son las mismas y si el destino es oficial o privado” (sic), de igual forma cursa nota de notificación en la misma fecha en tablero del Concejo Municipal, firmada por la Secretaria y Asesor Legal de ese Municipio, así como el asiento de recepción por el recurrente a través de Notario de Fe Pública el 17 de octubre de 2007.