SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

a)

La abogada de Silvia Buitrago Rodríguez, centró su intervención, precisando: a) Observa la admisión del recurso al no estar acreditada la personería del recurrente mediante el poder que adjunta; b) No se demuestra fácticamente, cómo se vulneró el alegado derecho a la propiedad; c) El derecho a la defensa, favorece sólo a personas individuales y si bien existe una comunidad con la que se hizo el negocio jurídico, ésta no puede desconocer sus propios actos; d) El recurso no procede cuando la ejecución de la resolución esta suspendida por efecto de algún medio de defensa; considerando que el Presidente de la Comunidad fue notificado con la medida precautoria, tiene los medios legales de reposición o litisconsorcio; y, e) Presentó la documental del trámite para las autorizaciones forestales de los Programas Operativos Anuales Forestales y la certificación donde consta su relación con la comunidad.