SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1407/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.4.
II.4. Dicho Juez, por Auto de la misma fecha, dio por sustituida la garantía personal de contra cautela por una real consistente en la propiedad rural denominada “Continental” de 694,1087 ha ubicada en el cantón Mercier, Tercera Sección de la provincia Nicolás Suárez del departamento de Pando y dispuso la prohibición de emisión de los Certificados Forestales de Origen 1 y 2, con cargo a los códigos de autorización AO-OPAL-POAF 108/2005, AO-OPAL-POAF 109/2005 y AO-OPAL-POAF 110/2005 de la comunidad Santa Elena a favor de cualquier empresa o de Oskar Eduardo Mercado; paralización de los trámites del POA y emisión de Certificados Forestales de Origen de los comunarios de Sana Elena; y celebrar actos y contratos sobre el POA aprobados en los tres compartimentos de la comunidad Santa Elena. Además, la notificación a la Directora de la Superintendencia Forestal de Pando, a las Notarias de Fe Pública, a los demandados comunarios de Santa Elena y a Oskar Eduardo Mercado Hugues (fs. 32).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 20
- III.4. De las partes de un proceso y la facultad de impugnación
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR