SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

denegar

Por lo señalado, se concluye que la demanda de amparo constitucional planteada no cumple con el requisito de contenido, establecido en el art. 97.IV de la LTC, toda vez que no se ha precisado ni identificado claramente los derechos fundamentales que considera restringidos, suprimidos o amenazados, cuando para accionar el amparo constitucional, obligatoriamente deben observarse los requisitos de contenido descritos en el art. 97 de la LTC, que resultan imprescindibles para analizar la problemática planteada. En consecuencia, el Tribunal de garantías, al denegar la tutela solicitada, aunque debió declarar la improcedencia in límine del recurso, ha efectuado una correcta evaluación de los antecedentes y aplicación del art. 19 de la CPEabrg, ahora 128 de la CPE.