Sentencia: 1577/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1577/2010-R

Fecha: 14-Ene-2011

II.4.3.La interpretación

En el caso analizado, los Ministros demandados, en el Auto Supremo de 16 de noviembre de 2006, rechazaron la excepción de la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, con el argumento que, en mérito a la “readecuación normativa”, el cómputo del tiempo previsto en el art. 133 del CPP se inicia con la imputación formal es decir, desde el 27 de marzo de 2006, concluyendo que no se evidenció “el transcurso del proceso en su plazo máximo”.