Sentencia: 1640/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 1640/2010-R

Fecha: 05-Ene-2011

el órgano revisor

Para asumir una determinación, debe considerarse que el Tribunal Constitucional es el órgano encargado del control de constitucionalidad, el mismo que se ejerce en tres ámbitos: el normativo, el competencial y el tutelar.  En este último ámbito, de acuerdo al diseño procesal constitucional contenido en la reforma de 1994 -que básicamente se mantiene en la Constitución vigente- el Tribunal Constitucional está configurado como el órgano revisor de las resoluciones pronunciadas por los jueces o Tribunales de garantías,  que ejercen el control del respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales.