Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1421/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
2)
2) Cuando se alegue lesión a derechos y garantías que puedan ser tutelados a través de las acciones de amparo constitucional y protección de privacidad, y no exista un deber constitucional o legal, cierto claro y exigible, en los términos anotados en la presente sentencia. En el caso de las acciones de libertad y popular, dado el trámite sumarísimo y las especiales características de estas acciones, así como la naturaleza de los derechos tutelados, aún exista un deber constitucional o legal cierto claro y exigible, deberán presentarse esas acciones y no la de cumplimiento para lograr el resguardo de los derechos que protegen esas acciones.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.2.1. Ámbito de protección
- a)
- III.2.2 Principio de subsidiariedad
- III.2.3.Plazo de caducidad
- Fragmento 12
- III.2.4. Legitimación activa
- III.3. El procedimiento de la acción de cumplimiento
- 2)
- 3)
- III.4. La acción de cumplimiento y las resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
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