Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1447/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
III.3. Análisis del caso
De los fundamentos expuestos, se asume la convicción que esta vía no es la idónea para exigir la ejecución de las resoluciones emergentes de procedimientos administrativos, al ser inidóneas para activar dicha protección. En consecuencia y sin que sea necesario ingresar a mayores consideraciones, y acorde con lo desarrollado en el fundamento jurídico III.2 de esta sentencia, corresponde denegar la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- pues donde se deben reparar los derechos y garantías lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde fueron vulnerados, esto es, que en principio haya acudido ante la misma autoridad que incurrió en la presunta lesión y luego a las superiores a ésta, y si a pesar de ello persiste la lesión porque los medios o recursos utilizados resultaron ineficaces
- III.2. El cumplimiento de las resoluciones judiciales, fiscales y/o administrativas debe ser reclamado a la autoridad que emitió la misma
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR