SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1466/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1466/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

II.4.

II.4.  El 10 de agosto de 2009, al accionante fue notificado con el Auto de apertura de periodo de prueba (fs. 16 a 17); sin embargo, no consta su firma, sino la de otra persona, quien firmó por él. Posteriormente, la Comisión de Ética en cumplimiento del art. 35.III de la LM, dictó Auto de clausura de periodo de prueba, alegando que el 10 de agosto a horas 17:20, se realizó la última notificación “en la persona del Sr. David Correa Pizarro en representación del H. Alcalde Municipal Sr. Romualdo Hurtado Rodríguez” (sic) (fs. 100 a 101).