Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1483/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.4
II.4. El 26 de agosto de 2009, adjuntando certificados médicos, copia del carnet del menor discapacitado y otros documentos, el accionante dirigió memorial a la autoridad demandada solicitando la revocatoria del memorándum 15/2009 y su reincorporación al cargo que ejercía en SEDES Chuquisaca; así mismo se tiene que por memorial de 4 de septiembre, el accionante solicita respuesta al memorial de revocatoria, exigiendo en consecuencia efectiva respuesta, sin que dicho cumplimiento se pueda verificar (fs. 9 a 10 vta.).
- I.1.1.Hechos que la motivan
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los derechos fundamentales de las personas discapacitadas
- tal derecho también se extiende a los dependientes con discapacidad del trabajador, constituyendo los límites en el parágrafo II, que prescribe hasta un primer grado en línea directa, que serán los hijos y los padres, y hasta el segundo grado en línea colateral, que son los hermanos
- instituyendo así una tutela reforzada al derecho al trabajo de las personas, en razón de su discapacidad o de la discapacidad de la persona que tenga bajo su dependencia
- III.2. Sobre la no incidencia de la subsidiariedad respecto a los derechos fundamentales de las personas con discapacidad
- en determinados casos, que involucren a personas discapacitadas, debe aplicarse la excepción al principio de subsidiariedad, toda vez que la Constitución Política del Estado establece un marco de protección para los derechos fundamentales de las personas discapacitadas, que al ser un grupo vulnerable merece un trato especial por parte del Estado
- III.3. La protección del Estado a los derechos sociales y económicos
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR