SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1528/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1528/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

a)

Presente en audiencia, el apoderado de la autoridad demandada, añadió: a) La representada del accionante conoce las ordenanzas municipales, entre ellas, la 10-4 del año 98 (que es amplia para la expropiación de los inmuebles que están sobre todos los anillos de circunvalación), como también la 13/2000 donde se homologó el Código de Urbanismo y obras, asimismo que el terreno de su representada se encuentra sobre el segundo anillo de circunvalación de Cotoca; y, finalmente, la 14/2004 que en su art. 1 aclara que: “…una parte del terreno ubicado en la UV 11-4 manzanos 21, 14 y 13 en una superficie de 4.110 metros… así mismo en su art. 2, establece de que su propietaria deberá apersonarse ante el ejecutivo municipal dentro de los 30 días siguientes…” (sic); b) El 14 de agosto de 2009, mediante carta, la actora les entregó una propuesta de contrato transaccional, llegando a un preacuerdo del justiprecio; c) El Gobierno Municipal es una institución pública y debe cumplir normas y requisitos, por ello suscribieron entre ambas partes un “conforme” y lo remitieron al Concejo Municipal para su aprobación y emisión de la Ordenanza Municipal específica de ese terreno; y, d) Es evidente que el 10 de octubre de 2009, había una maquinaria simbólica frente a la propiedad de la representada del accionante, a quien se le indemnizó anteriormente y si se demoró en emitir la resolución de expropiación, se debe a que la documentación tenía un montón de falencias.