Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1528/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.1.
II.1. Del Folio Real de 1 de junio de 2002, se evidencia que el terreno ubicado en la zona oeste de la localidad Cotoca, con una superficie de 13.862,30 m2, de propiedad de Lourdes Roda Uzeda de Castillo, se encuentra registrado en Derechos Reales bajo la partida computarizada 7.01.2.01.0002478 (fs. 26). Propiedad que se encuentra con el pago de impuestos a la propiedad, al día (fs. 19 a 25).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional y la excepción al principio de subsidiariedad ante medidas de hecho
- III.2. Del derecho a la propiedad y del trámite de expropiación
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Consideración final
- APROBAR