SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

1)

Aylton Luiz de Almeida Junior, por intermedio de su abogado presentó informe en audiencia, expresando: 1) El accionante no tiene legitimación activa para la presente acción, porque señala a más de una persona como dueños de la propiedad y maquinarias arrendadas; es decir, existe contradicción en sus afirmaciones y los documentos públicos que hizo llegar al Tribunal de garantías en lo que respecta al derecho propietario; 2) No es evidente que no hubo secuestro, pues el mismo fue ordenado por el Fiscal de Materia, Freddy Pérez Chavarría, a pedido de otro súbdito chino que no era parte en el proceso, acto que sí es ilegal; 3) Al no existir elementos de prueba para sustentar una acusación, el Fiscal asignado al caso emitió la Resolución de rechazo e ilegalmente mantuvo vigente el secuestro de la maquinaria, que no era objeto del proceso, razón por la que se interpuso el recurso jerárquico previsto en el art. 66 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), exclusivamente respecto a la parte resolutiva que disponía mantener vigente el secuestro; es decir, no se hizo uso del recurso previsto en el art. 305 del CPP, como también, fue entendido por el Fiscal de Distrito, por lo que la Resolución Fiscal de 22 de julio de 2009, reparó una injusticia; y, 4) De igual manera, como lo estableció la autoridad demandada, los interesados pueden acudir y tienen las vías legales ante las autoridades jurisdiccionales en la vía penal y civil a objeto de precautelar o dilucidar cuestiones sobre derecho propietario de la maquinaria en cuestión, ya que la acción de amparo constitucional no es sustitutiva de otras instancias o recursos idóneos que franquea la ley, por expresa disposición del art. 96.3 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).