SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.7.
II.7. Cursa memorial de 9 de julio de 2009 (fs. 92 a 95 vta.), presentado por Guoding Huang Lin, por el que solicitó al Fiscal de Distrito, deje sin efecto la Resolución de 22 del referido año, por la que dispuso la entrega de la maquinaria, denunciando que dicho actuado se realizó sin notificarlo, que no existe el recurso jerárquico concedido y que dicho acto fue emitido sin control jurisdiccional en razón a que ya se había pronunciado la Resolución que autorizó la conversión de acción. Por Resolución de 22 de julio de ese año, emitida por el Fiscal de Distrito se resolvió: “…sin lugar a dejar sin efecto el requerimiento fiscal de referencia por no tratarse de disposición alguna de bienes o de derecho propietario…” (sic) (fs. 99 a 100).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR