Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.1.
II.1. Cursa en obrados un contrato de arrendamiento de un predio rústico y de las “instalaciones de industria maderera” aserradero de 15 de febrero de 2009, suscrito por Germán Huang Lin, Baoyu Lin y Aylton Luiz de Almeida Junior, reconocido en sus firmas y rúbricas, en cuya cláusula segunda referida al objeto del contrato se consignó: “…los ARRENDADORES ceden en calidad de arriendo el inmueble y todas las maquinarias, equipos e implementos del aserradero descrito en la cláusula precedente en favor del ARRENDATARIO, incluyendo además todos los mobiliarios y enseres que inventariadas en hoja separada …” (sic) (fs. 131 a 135 vta.).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR