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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1539/2011-R

    Fecha: 11-Oct-2011

    Fragmento 14

             El art. 128 de la CPE, establece que la acción de amparo constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 14
    • a través del amparo no es posible dilucidar hechos controvertidos ni reconocer derechos
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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