SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

a)

Los abogados de los accionantes, ratificaron los términos de la demanda y ampliándola señalaron que: a) Bertha Karina Almazan, fue aprehendida y trasladada a la Policía en vez de ser conducida al Juzgado, pues no ejecutaron dicho mandamiento de conformidad con los art. 224 y 226 del CPP, no disponiéndose su libertad pese a que caucionó la multa correspondiente a la declaratoria de rebeldía; b) El incidente de nulidad por actividad procesal defectuosa planteado, no mereció el trámite correspondiente, ya que siendo presentado una semana antes a la audiencia cautelar, la autoridad demandada decidió tramitarlo en la audiencia, negándolo con fundamentos ilegales; c) Se presentó recusación contra la Jueza antes de que instale la audiencia cautelar, pero la autoridad demandada con el argumento de que existía una circular contrariando el art. 321 del CPP, la rechazó in límine, prosiguiendo con la audiencia, sin tomar en cuenta que ya no tenía competencia para conocer el caso, conforme a la SC 0381/2010-R de 19 de julio; y, d) Antes de llevarse a cabo la audiencia cautelar, se reclamó por la vía incidental la violación de sus derechos, resolviendo la jueza demandada, por lo que ya no tienen un medio en la vía ordinaria para procurar la reparación de los mismos, debiéndose tomar en cuenta que las resoluciones de los incidentes no pueden ser apeladas.

A partir de la problemática planteada, se establece que los accionantes pretenden mediante esta acción tutelar dos situaciones: a) Se deje sin efecto las actuaciones de la autoridad demandada respecto a la declaratoria de rebeldía dispuesta en su contra, tomando en cuenta su comparecencia; y, b) Se disponga nueva audiencia cautelar a favor de Bertha Karina Almazan Serrano, en la que se disponga su inmediata libertad.