Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1555/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
I.1.3. Petitorio
Solicitan se declare “procedente” la acción de libertad, se dejen sin efecto todas las actuaciones de la Jueza demandada, más propiamente la declaratoria de rebeldía, tomando en cuenta su comparecencia y se disponga llevar a cabo nuevamente la audiencia cautelar de Bertha Karina Almazan Serrano, en el plazo de veinticuatro horas, debiéndose disponer su inmediata libertad.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- por lo que la acción de libertad solamente opera en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- SC 0080/2010-R
- Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que; por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada.
- la SC 0636/2010-R
- APROBAR