Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1574/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.6.
II.6. El 17 de agosto de 2010, a horas 22:45, mediante acta de declaración realizada en el despacho de la Fiscal de Materia Jhosy Erly Arauco, el hoy accionante Guillermo Claudio Flores Cusi, a petición de su abogado defensor se negó a prestar su declaración arguyendo que se había presentado recusación en contra de dicha autoridad fiscal (fs. 55).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- III.1. Alcances de la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad y procesamiento ilegal o indebido
- sólo se puede tutelar la garantía del debido proceso cuando el acto lesivo sea la causa directa para la restricción del derecho a la libertad y exista estado absoluto de indefensión;
- APROBAR