Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1575/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.2.
II.2. Por requerimiento de 27 de septiembre de 2010, la Fiscal de Materia demandada, dispuso que el menor M.L.A. de 16 años, permanezca internado en el albergue “Mi Casa”, al haber sido sindicado del delito de violación; requerimiento que fue recibido en ese Centro de Observación a horas 00:30 del 28 del indicado mes y año (fs. 12).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad y alcances de la acción de libertad
- empero la existencia de esta garantía constitucional, no implica que todas las lesiones al derecho a la libertad tengan que ser necesariamente reparadas de manera exclusiva y excluyente a través del hábeas corpus, actualmente acción de libertad
- III.2. Marco legal y jurisprudencial respecto a la aprehensión de menores
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR