Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1591/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
II.4
II.4. Por nota de 30 de agosto de 2005, Carl Gustav Wagner efectuó reclamo ante el Jefe de Bienes Adjudicados del Banco Unión S.A., sobre el terreno adquirido en compra, haciendo notar que de la extensión superficial transferida, existe una disminución de 1.211 m2 por afectación municipal, pidiendo se efectúe una compensación (fs. 18 a 19), nota que fue respondida el 20 de octubre de 2005, por el Jefe de Bienes Adjudicados y el Gerente Regional del Banco Unión S.A. en sentido que no se puede dar curso a su solicitud por cuanto el plano aprobado señala que se trata de un terreno sujeto a afectación (fs. 20).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- exprese de manera adecuada y precisa los fundamentos jurídicos que sustenten su posición, fundamentos en los que deberá exponer con claridad y precisión los principios o criterios interpretativos que no fueron cumplidos o fueron desconocidos por el juez o tribunal que realizó la interpretación y consiguiente aplicación de la norma interpretada; asimismo, exponer qué principios fundamentales o valores supremos no fueron tomados en cuenta o fueron desconocidos por el intérprete al momento de desarrollar la labor interpretativa y asumir la decisión impugnada
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2°