SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1604/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

denegó

El Juez de Sentencia de Yapacaní del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05 de 9 de octubre de 2010, cursante de fs. 107 a 109 vta., denegó la tutela de acción de libertad, con los siguientes fundamentos: 1) El Fiscal de Materia, denunciado infringió los arts. 73, 300 y 301.2 del CPP concordantes con el art. 61 de la Ley Orgánica de Ministerio Público (LOMP), al no haber concluido las diligencias preliminares pese a la conminatoria judicial que a la fecha tienen un año y siete meses; 2) Si el accionante considera que el demandado lo persigue ilegalmente sometiéndolo a un proceso investigativo indebido, cometiendo irregularidades y omisión que atentan su libertad, debió presentar los reclamos ante el Juez cautelar, que tiene a su cargo el control de la investigación; y, 3) No se tiene demostrado que el accionante previamente hubiera formulado sus reclamos ante el Juez de la causa, las supuestas ilegalidades cometidas por el Fiscal demandado. Por ello no corresponde acudir directamente ante la jurisdicción constitucional por la vía de acción de libertad, dado que la misma sólo se activa en los casos en que la supuesta lesión no fuera reparada por los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria.