SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1614/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

2.

2.  El accionante señaló que en el proceso penal seguido contra su representado, las notificaciones no se practicaron en el domicilio real de éste, que pese a ello se efectuaron las representaciones correspondientes, habiéndose incumplido con lo previsto por el art. 100 del CPP. 1972; que en algunas notificaciones no se señala el nombre de la persona que se notifica, a quien se le entregó la copia de ley y el nombre del testigo de actuación; que pese a esas omisiones se declaró su rebeldía y que con esa determinación no se notificó a su ultima defensora de oficio.