Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1634/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
3 de febrero de 2009
De la atenta revisión de los antecedentes que constan en el expediente, el acto señalado como lesivo por la autoridad demandada, comienza como mencionó el accionante en la audiencia de 3 de febrero de 2009, con la presentación de un memorial que “hace referencia a que se acompaña una orden judicial de suspensión de medidas de ejecución, este memorial contiene una petición que nunca fue respondida” (sic).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación y ampliación de la acción
- a)
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La inmediatez en la acción de amparo
- 3 de febrero de 2009
- 19 de noviembre de 2009
- APROBAR