Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1642/2011-R
Fecha: 21-Oct-2011
II.3.
II.3. La Fiscal de Materia el 3 de julio de 2009, quien solicitó a la Psicóloga, para que informe sobre la situación de la víctima y el grado de participación de la accionante (fs. 79). Asimismo, en la misma fecha la Fiscal de Materia emitió Resolución de aprehensión y la orden contra el accionante; sin embargo, el 4 del mismo mes y año, objetó dicha Resolución. Posteriormente se emitió otra Resolución de aprehensión el 7 de referido mes y año.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ordinario ulterior alguno”
- Fragmento 15
- III.2. El
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR