SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1713/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
1)
Fernando Meneses Reyes y Oscar Alfonso López Quiñones, en representación legal de José Luis Cáceres Alcocer, en el memorial cursante de fs. 74 a 76, señalan: 1) El Juez demandado, no negó ningún derecho al accionante, simplemente le solicitó que acompañe la Sentencia Constitucional para continuar la ejecución de la Sentencia; 2) Por memorial de 27 de marzo de 2007, se solicitó se libre mandamiento de lanzamiento, y el decreto que supuestamente vulneró sus derechos data de 1 de abril de 2009, que señaló: “Existiendo un incidente no ha lugar por el momento lo solicitado”, de donde se infiere que es éste, el decreto que le negó el mandamiento y no el de 26 de junio de ese año, al que hacen referencia los accionantes, sólo con el propósito de estar dentro de plazo para interponer el amparo constitucional, por lo que se establece que la acción fue interpuesta fuera del plazo de los seis meses señalados en el art. 128.II de la CPE y la jurisprudencia constitucional; 3) La acción de amparo es improcedente porque se encuentra pendiente de resolución el recurso incidental de inconstitucionalidad, sin el cual el proceso no puede seguir su curso; y, 4) Los accionantes no consideraron que para que prospere la presente acción, tendrían que agotarse todos los recursos e instancias que franquea ley, en este caso, no se cumplió con lo establecido en los arts. 94 y 96 de la LTC, y al no haberse contemplado este extremo se estaría dejando de lado el art. 85 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- y luego a las superiores a ésta
- cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR