SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1758/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.2.
II.2. Por Resolución RD 03-086-07 de 4 de octubre de 2007, el Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia, dispuso la intervención de la empresa DBU S. A. por existir riesgo fundado para la normal prestación del servicio público de depósitos aduaneros, a objeto de garantizar su continuidad, designando a la funcionaria Ana Carola Valverde Orellana, a quien se le facultó para la apertura de cuentas bancarias necesarias para el buen funcionamiento, además de disponer que la empresa concesionaria entregue a la Aduana Nacional los depósitos aduaneros entregados en concesión mediante contrato de 29 de noviembre de 2002, en cuyo cumplimiento se procedió a la transferencia efectiva de la concesión a la Aduana Nacional, suscribiéndose las actas correspondientes del 5 al 10 de octubre de 2007 (fs. 176 a 199 y 331 a 337).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3.Petitorio
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Legitimación activa de las personas jurídicas para interponer el amparo constitucional
- acreditar la personería del accionante
- todo poder notariado conferido por personas jurídicas de carácter comercial para tener valor y efectos legales necesariamente debe estar inscrito en el Registro de Comercio y su inscripción debe acreditarse mediante documentación original
- la inscripción en el Registro de Comercio del citado poder
- 2°