Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Abel Vera Riveros contra Sergio Vargas Mamani, Rolando Vargas Vásquez, Olga Cama Mamani, Alejandro Ávila Rada, Presidente, Vicepresidente y Concejales del Concejo Municipal de Chuma, Primera Sección de la provincia Muñecas del Departamento de La Paz.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideración de las medidas de hecho a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- actos ilegales y omisiones indebidas de los funcionarios públicos o particulares que atenten contra los derechos y libertades públicas
- 1) Debe existir una debida fundamentación y acreditación objetiva de que efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia, donde el agraviado o accionante se encuentre ante una situación de desprotección o desventaja frente al demandado, o agresor, sea autoridad, funcionario o particular o grupo de personas, por la desproporcionalidad de los medios o acción; la presentación de la acción de amparo constitucional debe ser de manera oportuna e inmediata, haciendo abstracción de la subsidiariedad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR