Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1781/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la acción de amparo constitucional, ordenando su restitución al cargo de Alcalde Municipal de Chuma, dejando sin efecto las Resoluciones Municipales 29/2009, 30/2009, 31/2009, 33/2009, así como “…las actas de posesión del supuesto nuevo alcalde Eugenio Tipula Rodríguez” (sic), determinándose además, la destitución de los Concejales demandados y la remisión de antecedentes ante el Ministerio Público. Sea con responsabilidad civil por el monto de $us3500.-(tres mil quinientos dólares estadounidenses), correspondientes a honorarios profesionales.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideración de las medidas de hecho a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- actos ilegales y omisiones indebidas de los funcionarios públicos o particulares que atenten contra los derechos y libertades públicas
- 1) Debe existir una debida fundamentación y acreditación objetiva de que efectivamente se está frente a una medida de hecho o justicia a mano propia, donde el agraviado o accionante se encuentre ante una situación de desprotección o desventaja frente al demandado, o agresor, sea autoridad, funcionario o particular o grupo de personas, por la desproporcionalidad de los medios o acción; la presentación de la acción de amparo constitucional debe ser de manera oportuna e inmediata, haciendo abstracción de la subsidiariedad.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR