SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

No obstante que del tenor del Auto de Vista 105 -que cobró ejecutoria a través del Auto Supremo 021-, aduce, que se infiere que Sonia Rosales Suárez, fue absuelta del delito de complicidad en el tráfico de sustancias controladas y de la pena de seis años y ocho meses de reclusión, cuya comisión se declaró a través de la Sentencia condenatoria de 12 de octubre de 2001; a consecuencia de la Resolución 19/2009 -dictada dentro de una acción de libertad promovida por Ruan Rosales Ágreda, coimputado en la causa penal también seguida contra la antes mencionada- y el subsiguiente Auto de Vista 31 -dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz-, se ratificó la Sentencia dictada en primera instancia y con ello, la indebida emisión del mandamiento de condena de 5 de junio de 2010, producto del cual, la representada del accionante fue privada de su libertad pese a la ejecutoria del antes mencionado Auto de Vista 105. Puestos estos antecedentes a consideración del Juez Primero de Sentencia de igual Distrito Judicial, esta autoridad -fungiendo como Juez de garantías- declaró “procedente” una anterior acción de libertad impetrada por la agraviada, disponiendo la nulidad parcial del Auto de Vista 31; sin embargo, no ordenó la expedición del pertinente mandamiento de libertad y del mismo modo, las autoridades codemandadas tampoco hicieron efectiva esta pretensión, pese a habérsele concedido la tutela constitucional. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela requerida.