SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1848/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

III.1.1.1. Caso concreto

De la relación fáctica expuesta en los antecedentes de la presente acción y su correspondiente verificación en el sistema de gestión procesal de este Tribunal, destaca que Sonia Rosales Suárez, el 29 de junio de 2010, presentó una acción de libertad anterior a la que se revisa, dirigida contra los miembros de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y la Jueza Técnica del Tribunal Sexto de Sentencia y de Sustancias Controladas de ese Distrito Judicial -también demandados en la presente-, que fue resuelta y declarada “procedente” por el Juez Primero de Sentencia del mismo Distrito Judicial, a través de la Resolución 10 de 23 de junio de 2010 y posteriormente, remitida en revisión a este órgano contralor de constitucionalidad, pronunciándose la SC 1237/2011-R de 13 de septiembre, por la que el Tribunal Constitucional revocó la Resolución del Juez de garantías, denegando a tutela solicitada por el accionante, con el fundamento que: “…según informan los antecedentes del proceso, se evidencia que los actos supuestamente lesivos denunciados por el representante de la accionante, no se encuentran vinculados con la libertad como causa directa para su restricción o supresión; además, tampoco quedó en indefensión absoluta, pues no se ha demostrado que la detención se deba a tales sucesos; por el contrario, se constata claramente, la utilización de recursos e incidentes de nulidad, por ello, efectivamente hizo uso de mecanismos de defensa ordinarios que demuestran que conocía de todos los actuados procesales del proceso penal seguido en su contra, entre estos, la Sentencia y el mandamiento de condena.