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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1860/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1860/2011-R

    Fecha: 07-Nov-2011

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    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • procedente
    • a)
    • i)
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La Acción de Libertad y su naturaleza jurídica
    • Fragmento 11
    • III.2. El carácter modificable de las medidas cautelares y la atribución de los Tribunales de apelación
    • no significa que las autoridades judiciales, en apelación, deban abstenerse de realizar el análisis sobre los supuestos previstos en el art. 233 del CPP, pues esa obligación les es exigible cuando tengan que revocar la Resolución del inferior que impuso medidas sustitutivas y, por consiguiente, aplicar la detención preventiva a el o los imputados; toda vez que, en estos casos, (…), los vocales deben precisar los elementos de convicción que le permitan concluir en la necesidad de revocar las medidas sustitutivas y aplicar la detención preventiva, debiendo justificar la concurrencia de los presupuestos jurídicos exigidos en el art. 233 del CPP
    • III.3. En cuanto a la valoración de la prueba dentro de la jurisdicción constitucional
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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