SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1861/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1861/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

a)

Los Vocales de la Sala Penal Primera demandados, mediante informe escrito cursante a fs. 10 y vta., señalaron lo siguiente: a) La acción de libertad prospera cuando se dan los tres requisitos esenciales: Primero que se haya producido una detención; Segundo que la detención sea ilegal; y Tercero que no haya sido dispuesta por autoridad judicial; b) Su actuación fue legal, al haber ordenado la nulidad del Auto de 12 de octubre de 2010, para que el Tribunal a quo renueve el acto; c) Si el accionante considera que se han vulnerado los derechos de su representada, primeramente debe acudir ante el Tribunal Cuarto de Sentencia, en aplicación del principio de subsidiariedad.