Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1869/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, Ley de Necesidad de Transición a los nuevos entes del órgano Judicial y Ministerio Público, modificada por el art. 3 de la Ley 40 de 1 de septiembre de 2010, en revisión resuelve: REVOCAR la Resolución de 17 de noviembre de 2010, cursante de fs. 96 vta. a 98 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías; y, en consecuencia CONCEDER la acción de libertad interpuesta.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Presupuestos de la restricción del derecho a la libertad de locomoción
- III.2.Obligación del juez cautelar de observar el cumplimiento de la legalidad formal y material de la aprehensión
- III.3. La problemática planteada en el caso de autos
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