SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1886/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la defensa, habida cuenta que funcionarios policiales antinarcóticos lo interceptaron cuando se encontraba circulando en su movilidad por la localidad de Pantoja, ubicada en la jurisdicción de Cochabamba, para posteriormente arribarlo a la ciudad de Sucre, donde se procedió a la revisión minuciosa del motorizado, encontrándose droga en su interior; en virtud a lo cual, se puso a conocimiento del Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Chuquisaca y se le impuso detención preventiva, autoridad ante quien opuso excepción de incompetencia, que la declaró improcedente, por considerar que los actos se realizaron en la ciudad de Sucre, sin tener presente que el operativo se produjo en una localidad del departamento de Cochabamba; y en apelación, el Tribunal de alzada, en vez de reparar los actos ilegales del a quo, confirmó el Auto apelado, mediante la emisión de un fallo carente de fundamentación y congruencia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y del recurso directo de nulidad
- III.2. El juez natural como elemento del debido proceso y el recurso directo de nulidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Dimensionamiento de los efectos del presente fallo