SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
Fragmento 12
Sin embargo de no constar en antecedentes, prueba documental que acredite los extremos aseverados por el accionante y la autoridad demandada, en virtud al principio de informalismo de la acción de libertad y porque existió uniformidad en las afirmaciones de ambas partes, en especial, por la relación circunstanciada que efectuó el Tribunal de garantías en la Resolución 09/2010 de 19 de diciembre, sobre los hechos supuestamente transgresores del derecho a la libertad del agraviado, se tiene lo siguiente: Ante la denuncia formulada el 14 de diciembre de 2010, contra el accionante, por su concubina, Melina Alanes Choque, por agresiones físicas, sexuales y psicológicas, el caso pasó a conocimiento del Juez Segundo de Instrucción de Familia, hoy demandado.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad y su carácter subsidiario excepcional
- III.2. Sobre el procedimiento aplicable ante la denuncia por violencia intrafamiliar y los medios de impugnación previstos
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR