SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1904/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

I.2.1. Ratificación de la acción

El abogado del accionante sostuvo que a su representado lo detuvieron funcionarios de la Brigada de Protección a la Familia, a las 8:30 horas del 17 de diciembre de 2010, y lo pusieron a disposición del Juez Segundo de Instrucción de Familia, quien ordenó su detención arbitraria e ilegal desde las 10:00 horas de la fecha señalada, por el lapso de cuarenta y ocho horas; es decir, hasta el 19 del citado mes y año, a horas 10:00; empero, recién lo pusieron en libertad a las 11:00 horas.

Con relación a las razones de su detención, aduce que el art. 30 de la LCVFD, establece cómo se debe realizar una citación sin importar el día, hora y lugar, pero en el caso concreto, citaron al agraviado para que asista el 17 de diciembre de 2010, a una “probable” audiencia, habiéndose expedido directamente el mandamiento de aprehensión, en aplicación del art. 31 de la Ley mencionada.